Esto es lo que ha hecho Hollande (no palabras, hechos) en 56 días en el cargo:
- Ha suprimido 100% de los coches oficiales y los ha subastado; y lo recaudado se destina al Fondo de Bienestar para ser distribuido a las regiones con el mayor número de centros urbanos con los suburbios ruinosos.
- Ha hecho enviar un documento (doce líneas) a todos los organismos estatales dependientes de la administración central en el cual les comunicaba la abolición de los "vehículos de empresa" desafiando de manera provocativa e insultando a los altos funcionarios, con frases como "si un ejecutivo que gana 650.000 euros año, no puede permitirse el lujo de comprar un buen coche con sus ingresos del trabajo, quiere decir que es demasiado ambicioso, que es estúpido, o que es deshonesto. La nación no necesita ninguna de estas tres figuras". Touchè. Fuera los Peugeot y los Citroën. 345 millones de euros salvados de inmediato, y trasladados a crear (apertura 15 de agosto 2012) 175 institutos de investigación científica avanzada de alta tecnología, asumiendo la contratación de 2560 jóvenes científicos desempleados "para aumentar la competitividad y la productividad de la nación".
- Ha abolido el concepto de paraíso fiscal (definido "socialmente inmoral") y promulgó un decreto presidencial de de urgencia estableciendo un porcentaje del 75% de aumento en la tributación para todas las familias que, netos, ganan más de 5 millones de euros al año. Con ese dinero (manteniendo así el pacto fiscal) sin que ello afecte un euro al presupuesto, ha contratado a 59,870 licenciados desempleados, de los cuales 6.900 desde el 1 de julio de 2012, y luego otros 12.500 el 1 de septiembre como profesores en la educación pública.
- Ha privado a la Iglesia de subsidios estatales por valor de 2,3 millones de euros que financiaban exclusivos colegios privados, y ha puesto en marcha (con ese dinero) un plan para la construcción de 4.500 jardines de infancia y 3.700 escuelas primarias, iniciando un plan de recuperación la inversión en la infraestructura nacional.
- Ha establecido el "bono-cultura" presidencial, un mecanismo que permite a cualquiera pagar cero impuestos si se constituye como cooperativa y abre una librería independiente contratando al menos dos licenciados desempleados de la lista de desempleados, con el fin de ahorrar dinero del gasto público y realizar una contribución mínima al empleo y al relanzamiento de nuevas posiciones sociales.
- Ha abolido todos los subsidios gubernamentales a las revistas, fundaciones y editoriales, sustituyéndolos por comités de "emprendedores estatales"" que financian acciones culturales sobre la base de la presentación de planes de negocio relacionados con estrategias de mercado avanzadas.
- Ha puesto en marcha un procedimiento muy complejo en el que ofrece a los bancos una elección (sin impuestos): Quien proporcione préstamos blandos a empresas francesas que produzcan bienes recibe beneficios fiscales, quien ofrece instrumentos financieros paga una tarifa adicional: lo tomas o lo dejas.
- Ha reducido en un 25% el sueldo de todos los funcionarios del gobierno, el 32% de todos los diputados y el 40% de todos los funcionarios estatales de alto nivel que ganan más de 800 000 € por año. Con esa cantidad (alrededor de 4 millones de euros) ha establecido un fondo que ofrece garantías de bienestar a las "madres solteras" en condiciones financieras difíciles garantizándoles un salario mensual por un período de cinco años, hasta que el niño vaya a la escuela primaria, y tres años si el niño es mayor. Todo ello sin modificar el equilibrio del presupuesto.
Resultado: pero miren qué SORPRESA! El diferencial con los bonos alemanes cayó, por arte de magia. Ha llegado a 101 (el nuestro viajando por 570). La inflación no ha aumentado. La competitividad de la productividad nacional se ha incrementado en el mes de junio por primera vez en tres años. ¿Hollande es un genio de la economía?
jueves, 26 de julio de 2012
Tendríamos que aprender de los Franceses
sábado, 21 de julio de 2012
Informe que han presentado para la privatización del ferrocarril.
Informe de Fomento sobre la situación del Ferrocarril.
http://www.slideshare.net/trenesycosas/medidas-infraestructurasferroviarias-13713656
http://www.slideshare.net/trenesycosas/medidas-infraestructurasferroviarias-13713656
Privatización de Renfe Operadora
Real Decreto sobre Privatización de Renfe.
Pulsar en enlace siguiente para ver:
http://www.slideshare.net/trenesycosas/rd-servicios-ferroviarios-13713629
Pulsar en enlace siguiente para ver:
http://www.slideshare.net/trenesycosas/rd-servicios-ferroviarios-13713629
viernes, 20 de julio de 2012
¿Cuánto nos cuesta la subida del IVA?
La "sentencia" ya está firmada: en septiembre subirá el IVA. El tipo general sube 3 puntos, quedándose en el 21%, mientras que el reducido crece 2 puntos y el superreducido permanece igual. ¿Cómo afectarán a nuestros bolsillos estos cambios? Con datos fiables y calculadora en mano, ciframos en470 euros anuales el gasto extra para una familia media.
El impuesto que grava el consumo, el IVA, subirá en España a partir del 1 de septiembre. Introducido en 1986, cuando nuestro país ingresaba en la Comunidad Económica Europea, desde el 12% de entonces ha ido hinchándose hasta el 21% que acaba de anunciar el Gobierno.
Los datos ya están sobre la mesa. Los traducimos para que comprendas cómo te afectarán y te damos una cifra: 470 euros, lo que le costará anualmente a un hogar medio.
3 puntos más de IVA: facturas habituales, coches y alcohol
El tipo general, que es el que se aplica por defecto, sube 3 puntos: del 18% al 21%.
Este incremento afectará a la mayoría de nuestras facturas, como la de la luz, el gas, el teléfono, el ADSL...
También a la ropa, el calzado, los productos cosméticos, los electrodomésticos, los coches, el alcohol...
13 puntos más de IVA: la cultura, las funerarias y las peluquerías
La reforma golpea especialmente a cosas que hasta ahora tributaban con tipo reducido y a partir de septiembre lo harán con el tipo general. Esto supone una subida de 13 puntos en:
- La cultura: sube el IVA de los cines, conciertos, teatros, circos, espectáculos, zoos, parques de atracciones, atracciones de feria y festejos taurinos, así como los servicios prestados por intérpretes, artistas, directores y técnicos a los productores de cine, teatro y musicales.
- Las funerarias.
- Las peluquerías.
- Los gimnasios (menos cuando son públicos, que están exentos).
- La televisión digital de pago.
- Los dentistas, las curas termales y la asistencia sanitaria, pero solo cuando sean operaciones no destinadas a curar enfermedades (por ejemplo: cirugía estética).
- Venta de flores y plantas vivas de carácter ornamental.
2 puntos más de IVA: alimentación, transporte y restaurantes
El IVA reducido pasa del 8% al 10%, 2 puntos de subida que afectarán a lo que aún disfruta de este tipo especial:
- Productos de alimentación a los que no se aplica el tipo superreducido.
- El agua.
- La hostelería y los restaurantes.
- El transporte.
- Los aparatos que suplen deficiencias físicas (como gafas graduadas y lentillas).
- Lo poco que se ha salvado de la subida de 13 puntos que ha afectado al resto de la cultura: museos, galerías de arte, pinacotecas, bibliotecas y archivos y centros de documentación.
Lo que no sube: productos básicos, libros y medicamentos
La reforma del IVA no toca a algunos y bienes servicios que estaban exentos de este impuesto (como la enseñanza y los servicios médicos) y deja igual el tipo superreducido. Seguirán tributando al 4%:
- Productos básicos de alimentación (pan, harina, huevos, leche, quesos, frutas y verduras, hortalizas, legumbres, cereales....
- Libros, periódicos y revistas (a no ser que contengan única o fundamentalmente publicidad).
- Medicamentos.
- Vehículos para personas con movilidad reducida y prótesis para minusválidos.
- Teleasistencia, atención residencial y ayuda a domicilio.
- Compra y alquiler con opción a compra de viviendas de protección oficial (cuando la entrega la realice el promotor).
Comprar una vivienda nueva sigue tributando al 4%, pero esta reducción quedará eliminada en diciembre de 2012, cuando pasará al tipo reducido (10%, es decir: una subida de 6 puntos).
¿Cuánto nos cuestan las subidas?
Hemos echado mano de la última encuesta sobre presupuestos familiares que elabora el Instituto Nacional de Estadística para calcular cuánto afectará la subida del IVA a los consumidores.
A no ser que los comerciantes decidan asumir la subida del IVA (algunas empresas, como Inditex, ya lo han anunciado), los bolsillos de las familias tributarán 470 euros más al año.
Un nuevo castigo para un consumo que ya se encuentra en retroceso y que en 2010 sufrió otra subida del IVA (en aquella ocasión el tipo general pasó del 16% al 18%). Entonces hicimos este mismo cálculo y obtuvimos la cifra de 288 euros. El impacto real de la actual subida prácticamente duplica la de 2010.
En el siguiente cuadro podemos ver los productos y servicios que consume de media cada hogar (según la encuesta del INE), y los efectos que sobre ellos tendrá la subida del IVA. Como puede verse, el transporte y la alimentación serán algunos de los conceptos que más penalizarán nuestro presupuesto:
Efecto de la subida del IVA en presupuesto familiar (en euros)
| Gasto anual por hogar | IVA actual | Nuevo IVA | Subida del IVA |
Alimentos y bebidas alcohólicas | 4.279 | 269 | 323 | 54 |
Alcohol y tabaco | 627 | 96 | 112 | 16 |
Vestimenta y calzado | 1.676 | 256 | 298 | 42 |
Vivienda, agua, electricidad y combustibles | 8.935 | 233 | 273 | 40 |
Mobiliario, equipamiento y otros gastos de vivienda | 1.452 | 168 | 197 | 29 |
Salud | 943 | 23 | 27 | 4 |
Transportes | 3.680 | 533 | 623 | 90 |
Comunicaciones | 926 | 139 | 162 | 23 |
Ocio, espectáculos y cultura | 1.975 | 229 | 291 | 62 |
Enseñanza | 309 | 0 | 0 | 0 |
Hoteles, cafés y restaurantes | 2.716 | 201 | 252 | 51 |
Otros bienes y servicios | 2.262 | 158 | 217 | 59 |
TOTAL | 29.780 | 2.305 | 2.775 | 470 |
miércoles, 18 de julio de 2012
Supresión de la paga de navidad
Espoleado por la indignación ante la supresión de la paga extraordinaria de
diciembre acordada por el Gobierno el pasado viernes, he decidido pergeñar
y poner en circulación la iniciativa que paso a comentaros, para que, si os
parece adecuada, contribuyáis a su difusión dentro y fuera de la Agencia.
La disminución en la cuantía de nuestras retribuciones del año 2012
establecida en el Real Decreto-ley 20/2012, determina la obligación de
regularizar el tipo de retención que se nos ha venido aplicando hasta este
momento (artículo 87.2.3.º del Reglamento del IRPF), debiendo efectuarse
dicha regularización no cuando le venga en gana al pagador, sino cuando
señala el artículo 87.4 del mismo Reglamento. Ello quiere decir, en
resumen, que se nos deben comenzar a aplicar los nuevos tipos de retención,
que serán más bajos que los acuales, como muy tarde, en la nómina del mes
de octubre.
Así las cosas, es posible que los autores de la sustracción de nuestra paga
extraordinaria no hayan previsto una de las consecuencias de su mala
acción: el desfase temporal que provocará en el Tesoro el cumplimiento de
las comentadas normas de regularización de las retenciones del IRPF, ya que
los ingresos por retenciones de todo el personal al servicio de las AA.PP.
disminuirán respecto de los actuales al menos dos meses antes de que
obtengan el botín de nuestra paga de diciembre.
Como, al advertir la situación, pueden tener la tentación de retrasar hasta
el mismo mes de diciembre la regularización de nuestras retenciones,
resultaría oportuno y conveniente que, desde ya, todos los afectados nos
dirijamos individualmente por escrito al máximo responsable de la
Administración pública concreta en la que cada uno presta sus servicios
(Departamento ministerial, Ente, Organismo, Consejería, etc.), recordando
lo que disponen al respecto las normas reguladoras del sistema de
retenciones sobre los rendimientos del trabajo y solicitando el puntual y
exacto cumplimiento de las mismas. (Hay que tener en cuenta al respecto
que, si en la nómina de octubre no se hubiera producido la preceptiva
regularización del tipo de retención, tendríamos derecho a interponer
reclamaciones económico-administrativas contra las retenciones practicadas,
por excesivas, y a instar la rectificación de las autoliquidaciones, modelo
111, en las que se hubieran ingresado las mismas. El lío sería histórico).
A estos efectos, se adjunta un modelo de escrito específicamente redactado
para el caso de los funcionarios y demás empleados de la Agencia. No
obstante, como creo que esta iniciativa debería ser extendida a todos los
ámbitos posibles dentro de las diferentes Administraciones públicas, sería
conveniente la adaptación del mismo para su generalización.
Finalmente, una última reflexión: nuestro conocimiento de las normas
sustantivas y procedimentales del derecho público puede ser un arma muy
valiosa en estos momentos. Somos profesionales de la burocracia (bien
entendida) y tenemos en nuestra mano la posibilidad de utilizarla
inteligentemente para responder a las agresiones y confundir a los
agresores. En ello estamos.Saludos a tod@s
diciembre acordada por el Gobierno el pasado viernes, he decidido pergeñar
y poner en circulación la iniciativa que paso a comentaros, para que, si os
parece adecuada, contribuyáis a su difusión dentro y fuera de la Agencia.
La disminución en la cuantía de nuestras retribuciones del año 2012
establecida en el Real Decreto-ley 20/2012, determina la obligación de
regularizar el tipo de retención que se nos ha venido aplicando hasta este
momento (artículo 87.2.3.º del Reglamento del IRPF), debiendo efectuarse
dicha regularización no cuando le venga en gana al pagador, sino cuando
señala el artículo 87.4 del mismo Reglamento. Ello quiere decir, en
resumen, que se nos deben comenzar a aplicar los nuevos tipos de retención,
que serán más bajos que los acuales, como muy tarde, en la nómina del mes
de octubre.
Así las cosas, es posible que los autores de la sustracción de nuestra paga
extraordinaria no hayan previsto una de las consecuencias de su mala
acción: el desfase temporal que provocará en el Tesoro el cumplimiento de
las comentadas normas de regularización de las retenciones del IRPF, ya que
los ingresos por retenciones de todo el personal al servicio de las AA.PP.
disminuirán respecto de los actuales al menos dos meses antes de que
obtengan el botín de nuestra paga de diciembre.
Como, al advertir la situación, pueden tener la tentación de retrasar hasta
el mismo mes de diciembre la regularización de nuestras retenciones,
resultaría oportuno y conveniente que, desde ya, todos los afectados nos
dirijamos individualmente por escrito al máximo responsable de la
Administración pública concreta en la que cada uno presta sus servicios
(Departamento ministerial, Ente, Organismo, Consejería, etc.), recordando
lo que disponen al respecto las normas reguladoras del sistema de
retenciones sobre los rendimientos del trabajo y solicitando el puntual y
exacto cumplimiento de las mismas. (Hay que tener en cuenta al respecto
que, si en la nómina de octubre no se hubiera producido la preceptiva
regularización del tipo de retención, tendríamos derecho a interponer
reclamaciones económico-administrativas contra las retenciones practicadas,
por excesivas, y a instar la rectificación de las autoliquidaciones, modelo
111, en las que se hubieran ingresado las mismas. El lío sería histórico).
A estos efectos, se adjunta un modelo de escrito específicamente redactado
para el caso de los funcionarios y demás empleados de la Agencia. No
obstante, como creo que esta iniciativa debería ser extendida a todos los
ámbitos posibles dentro de las diferentes Administraciones públicas, sería
conveniente la adaptación del mismo para su generalización.
Finalmente, una última reflexión: nuestro conocimiento de las normas
sustantivas y procedimentales del derecho público puede ser un arma muy
valiosa en estos momentos. Somos profesionales de la burocracia (bien
entendida) y tenemos en nuestra mano la posibilidad de utilizarla
inteligentemente para responder a las agresiones y confundir a los
agresores. En ello estamos.Saludos a tod@s
El/la abajo firmante, D/D.ª
________________________________________________, con DNI n.º
__________ y N.ºRP ____________, funcionario/a con destino en la
Delegación/Departamento/Unidad de ___________________ de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria que Vd. dirige,
EXPONE
Que, por medio del artículo 2 del Real
Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad
presupuestaria y de fomento de la competitividad, publicado en el “BOE” del 14-07-2012
y que ha entrado en vigor el 15-07-2012, el
Gobierno ha dispuesto reducir las retribuciones del funcionario que suscribe en
el presente año 2012 en las cuantías que en el mismo precepto se especifican.
Que el artículo 87.2.3.º del vigente
Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante,
IRPF), aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, establece que “procederá
regularizar el tipo de retención (…) cuando
en virtud de normas de carácter general
(…) se produzcan durante el año variaciones
en la cuantía de las retribuciones o de los gastos deducibles que se hayan
tenido en cuenta para la determinación del tipo de retención que venía
aplicándose hasta ese momento”.
Que el apartado 4 del mismo
precepto reglamentario dispone que “los nuevos tipos de retención se aplicarán
a partir de la fecha en que se produzcan las variaciones a que se refieren
los números 1.º, 2.º, 3.º, 4.º y 5.º del apartado 2 de este artículo (…)”,añadiendo
en el siguiente párrafo que “la
regularización a que se refiere este artículo podrá realizarse, a opción del
pagador, a partir del día 1 de los meses de abril, julio y octubre, respecto de
las variaciones que, respectivamente, se hayan producido en los trimestres
inmediatamente anteriores a estas fechas”.
Por lo anteriormente expuesto, y en
su virtud, el funcionario que suscribe
SOLICITA
Que por esa Dirección General sean
cursadas las instrucciones conducentes al puntual y exacto cumplimiento de las
disposiciones reglamentarias anteriormente mencionadas, de forma que, dicho sea
lisa y llanamente, se proceda de
inmediato, o a más tardar en la nómina del mes de octubre, a la regularización del tipo de retención a
cuenta del IRPF que se le ha venido aplicando hasta este momento al funcionario
que suscribe.
Lo cual se solicita en evitación de que, llegado el citado mes de
octubre sin haberse efectuado la preceptiva regularización del tipo de
retención, y resultando por ello afectados sus intereses legítimos, el funcionario que suscribe se vea en la necesidad
de interponer, al amparo de lo previsto en los artículos 227.4.b) y
232.1.b) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y
disposiciones concordantes, reclamación
económico-administrativa contra las retenciones practicadas por la entidad de
su digna dirección en la nómina de dicho mes y, en su caso, de los meses
sucesivos, sin perjuicio de su derecho a
instar, desde luego, la rectificación de las autoliquidaciones, modelo 111,
presentadas por esa misma entidad en las que se hubiesen ingresado las
retenciones indebidamente soportadas, de conformidad con los artículos
221.4 y 120.3 de la citada Ley General Tributaria, 14.3 del Reglamento General de
desarrollo de dicha Ley en materia de revisión en vía administrativa, aprobado
por el Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, y 129 del Reglamento General de
las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de
desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los
tributos, aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, normas todas
ellas de las que supongo a Vd. sobradamente conocedora como corresponde a la
alta dignidad del cargo que desempeña.
En ___________, a __ de julio de
2012
Firmado:
_____________________________
SRA. DIRECTORA GENERAL DE LA
AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
C./ INFANTA MERCEDES, 37. 28020
MADRID
martes, 17 de julio de 2012
EMBARGOS E HIPOTECAS
Si estás en peligro de perder tu piso, por no pagar la hipoteca, o si sabes de alguien que está en esa situación, hay una solución totalmente legal: Alquila el piso a algún familiar (que no aparezca en la hipoteca) por un precio simbólico de 1 ó 5€ al mes durante 100 años y registra el contrato en el Registro de la Propiedad. El banco se quedará el piso, pero no podrá echar al inquilino gracias a ese contrato y tan sólo le tendrá que pagar el alquiler simbólico al mes. Es totalmente legal, hasta que los bancos consigan cambiar la legislación, pero es la mejor solución a los embargos injustos que están haciendo. Por favor, comparte este comentario; cuanta más gente lo sepa, más efecto tendrá.
jueves, 12 de julio de 2012
Casi mil de los 13.000 empleados de Renfe quieren irse a Arabia Saudí
Renfe promueve entre sus aproximadamente 13.000 empleados trabajar en el proyecto Hamarain en Arabia Saudí, más conocido como el Ave de los Peregrinos por ser el tren de alta velocidad que conectará Medina con La Meca a través de otras ciudades importantes de la monarquía teocrática como Yida, y 853 trabajadores ya se han apuntado, según publica vozpopuli.com.
La segunda fase de este proyecto, la más suculenta, se la adjudicó un consorcio español en el que participa Renfe Operadora. Los interesados proceden de distintas jerarquías dentro del operador. Del total de solicitudes, 45 pertenecen a la estructura de dirección, 95 a la estructura de apoyo, 153 son mandos intermedios y 560, personal operativo.
El proyecto cuenta con un presupuesto de 6.500 millones de euros y el despegue de los trenes se espera para 2014. Será la primera vez que Renfe opere servicios ferroviarios fuera de España, auxiliada por una amalgama de empresas nacionales (Adif, Cobra, Consultrans, Copasa, Dimetronic, Imathia, Inabesa, Inecao, Indra, OHL, Talgo).
El régimen de los Saud, la dinastía rectora del país que más petróleo exporta en el mundo, también adjudicó a Renfe la explotación del AVE durante 12 años, por lo que quizás los empleados agraciados puedan pasar, si así lo desean, una buena temporada en el desierto arábigo. No ha trascendido el número exacto de trabajadores que precisa la compañía para llevarse a Riad. Tampoco lo que cobrarán los elegidos.
Fuente:preferente.com
viernes, 6 de julio de 2012
lunes, 2 de julio de 2012
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